Todo empleador tiene la facultad legal de ejercer el control médico (art. 210 Ley 20.744) ante licencias psiquiátricas a través de su personal médico contratado o bien por medio de empresa de salud y medicina laboral. Estos controles son ejercidos frecuentemente por lo que un punto importante dentro de la tramitación de licencias psiquiátricas es contar con un adecuado asesoramiento y respaldo tanto en lo médico como legal frente a controles médicos que realice el empleador. Por ello, nuestro equipo de profesionales a través de su experiencia en la tramitación de licencias psiquiátricas cuenta con un amplio conocimiento detallado frente a todo tipo de controles rutinarios, así como juntas médicas e instancias de discrepancia clínica. Recomendamos siempre tramitar la licencia cumpliendo los recaudos legales y asistiendo a las citaciones que el empleador realice a efectos de ejercer dicho control. No asistir a los controles médicos puede ocasionar consecuencias legales.